TEMA 12

ETAPAS DEL CONTRATO INFORMÁTICO


La etapa precontractual es aquella en la que se desarrollan las tratativas previas, cuando deben definirse las necesidades del usuario y se exige un deber de asesoramiento o consejo al futuro proveedor y una obligación de información al futuro usuario. Es un momento de particular importancia para documentar cómo se construyó el acuerdo de voluntades, y de acumular elementos para acreditar estas circunstancias en caso de conflicto posterior.
Cuando se produce el acuerdo de voluntades, a diferencia de otros contratos, pueden distinguirse en esta fase la entrega física de los equipos, la instalación y puesta en marcha, el "test de aceptación", y la aceptación o recepción provisoria. Superado el "test de aceptación", comienza la ejecución propiamente dicha, en la que puede o no existir un período de garantía, para que suceda la recepción definitiva, y donde se ponen en juego las garantías específicas de estos contratos. 
Podemos señalar como aspectos sustanciales de los contratos informáticos el concepto de sistema como principio fundamental interpretativo de la voluntad de las partes, el deber de consejo e información a cargo del proveedor y su contraparte (el deber de información que pesa sobre el usuario, encuentra su límite en la obligación de asesoramiento y consejo que corresponde al proveedor que asume en esta etapa precontractual un papel protagónico), el deber de informar adecuadamente sus necesidades por parte del usuario (el usuario tiene el deber de estudiar y analizar sus necesidades, con diligencia, sólo él está en condiciones de establecer el contenido del requerimiento efectuado al proveedor, que debe partir de un adecuado y claro conocimiento de sus necesidades), como aplicación del principio de buena fe contractual, y el instituto del "test de aceptación" previo a la aceptación o declaración que el sistema es "de recibo". 
También se presentan particularidades en las garantías exigibles en el cumplimiento de la prestación, como son la compatibilidad, la escalabilidad y la modularidad.


CONTRATACIÓN DE HARDWARE

A diferencia de los contratos de software, el contrato de hardware no tiene la variedad de posibilidades que se presentan en el primero. Quienes quieren adquirir un equipo físico se pueden dirigir directamente al mercado, con la seguridad de encontrar múltiples alternativas técnicas y posibilidades económicas variadas. Estos generalmente, son ofrecidos por las casas constructoras, distribuidoras y vendedoras.




CONTRATACIÓN DE SOFTWARE

Existen dos tipos de software, el aplicativo y el de base. Este último generalmente se adquiere en el momento mismo de la adquisición del equipo físico; el aplicativo por lo contrario es aquel hecho a la medida del cliente, de acuerdo a sus necesidades. Para el cliente existen diferentes posibilidades: elaborar su propio software si esta en grado de hacerlo, si no es así, puede optar por mirar lo que ofrecen los productos de software o puede comisionar a una persona externamente Según se encuentre en una de estas hipótesis se llevara a cabo una compraventa o licencia de uso, un contrato de asesoría o desarrollo del software y según la forma elegida de contratación se determinara el precio y la forma de pago.



CONTRATO LLAVE EN MANO



El contrato "llave en mano" o "turnkey contract" es aquel en que el contratista se obliga frente al cliente o contratante, a cambio de un precio, generalmente alzado, a concebir, construir y poner en funcionamiento una obra determinada que él mismo previamente ha proyectado. En este tipo de contrato el énfasis ha de ponerse en la responsabilidad global que asume el contratista frente al cliente.
 Otras prestaciones que siempre están presentes en los contratos "llave en mano", formando parte de la obligación global del contratista son: el suministro de materiales y maquinaria; el transporte de los mismos; la realización de las obras civiles; la instalación y montaje, y la puesta a punto y en funcionamiento de la obra proyectada. En determinados casos, también es posible incluir en este tipo de contrato otras obligaciones posteriores a la ejecución de la obra, como la formación de personal y la asistencia técnica.

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